Control de convencionalidad: precisiones para su aplicación desde la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Autores

  • Juana María Ibáñez Rivas Pontificia Universidad Católica del Perú

Resumo

El “control de convencionalidad” establecido a partir de 2006 en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido objeto de importantes precisiones. En sus sentencias de finales de 2010 y principios de 2011, el Tribunal ha puntualizado cuáles son los actores estatales obligados a su aplicación, la necesidad de su ejercicio sobre las decisiones mayoritarias en contextos democráticos y la verificación que la Corte puede realizar sobre el control de convencionalidad que alegan haber ejercido los Estados a nivel interno. En este sentido, el presente artículo hace un recorrido por el origen, evolución y aplicación del denominado “control de convencionalidad”, como medida orientada al cumplimiento de las obligaciones estatales de respeto, garantía y adecuación contempladas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Palavras-chave:

Control de convencionalidad, Control de constitucionalidad, Obligaciones de respeto, garantía y adecuación, Corte Interamericana de Derechos Humanos

Biografia do Autor

Juana María Ibáñez Rivas, Pontificia Universidad Católica del Perú

Abogada de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Consultora en temas de derecho internacional de los derechos humanos, derecho internacional humanitario y justicia transicional. Previamente, trabajó como abogada del Área Legal en la Corte Interamericana de Derechos Humanos y  anteriormente como asesora jurídica de la Delegación Regional del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) para Bolivia, Ecuador y Perú.