Este artículo propone el diseño de un mecanismo prejudicial interpretativo en el ámbito del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), como una vía para fortalecer la uniformidad en la interpretación y aplicación de los instrumentos convencionales en materia de derechos humanos, a partir de la creciente interdependencia entre los órdenes jurídicos nacionales e internacionales y la necesidad de una cooperación reforzada entre las distintas jurisdicciones. Se argumenta que la incorporación de una herramienta de diálogo judicial, semejante a la cuestión prejudicial europea, pero adaptada a las particularidades del SIDH, contribuiría a garantizar una tutela más efectiva y coherente de los derechos humanos en la región. De esta manera, se parte de que este mecanismo puede ser un elemento clave para evitar la fragmentación hermenéutica y fomentar una verdadera comunidad jurídica interamericana, sin desplazar la responsabilidad de los jueces nacionales, sino complementando sus funciones exegéticas mediante la orientación especializada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). La propuesta se formula en términos de lege ferenda, atendiendo a las exigencias propias del SIDH y a las lecciones comparadas que ofrecen las experiencias de la Unión Europea y de la Comunidad Andina, particularmente.