Mecanismo de Debida Diligencia conforme a Principios Rectores de Naciones Unidas para Empresas y Derechos Humanos
elementos para su aplicación en terreno.
Resumen
Este artículo analiza el mecanismo de Debida Diligencia conforme al Pilar II de los Principios Rectores de Naciones Unidas para Empresas y Derechos Humanos, para ello referimos el campo de Empresas y Derechos Humanos, sus principales antecedentes en los Sistemas Internacional e Interamericano de protección de Derechos Humanos y el vínculo con la Agenda 2030. Luego, referimos al concepto de debida diligencia en Derecho Internacional de los Derechos Humanos, identificando las precisiones, diferencias y convergencias cuando se utiliza respecto de las obligaciones de los Estados, y cuando se utiliza en el Pilar II. A continuación, referimos elementos teóricos para comprender el mecanismo de gestión de impactos negativos en los derechos humanos, elementos prácticos y dificultades para aplicarlo en terreno. En las conclusiones exponemos aquellos elementos críticos que obstaculizan la aplicación efectiva conforme al Pilar II que deben hacer las empresas de este mecanismo.
Palabras clave
Empresa y Derechos Humanos. Conducta Empresarial Responsable. Debida Diligencia. Aplicación., Business & Human Rights. Responsible Business Conduct. Due Diligence. Execution.
Cómo citar
Barrera Trabol, S., & Gonzalez Cantín, M.
(2020).
Mecanismo de Debida Diligencia conforme a Principios Rectores de Naciones Unidas para Empresas y Derechos Humanos.
Anuario de Derechos Humanos, 16(2), 297-330.
doi:10.5354/0718-2279.2020.55735
Sección
Temas Emergentes
Publicado
2020-12-31