El modelo de vida occidental construyó una racionalidad, llamada modernidad, que permitió la inclusión dentro de sus parámetros reflexivos a toda otredad existente más allá de sus fronteras civilizatorias. En el siglo XX se creó el sistema internacional de los derechos humanos y también el sistema de derechos de los pueblos indígenas. Una manifestación concreta en Chile de este sistema fue la ratificación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. En los últimos años este tratado ha presentado dificultades de legitimación, porque los actores no expresan una evaluación positiva de su proceso de implementación. Una explicación posible es que el Convenio 169 tensiona y enfrenta a dos modelos de vida, el de la globalización y el de los pueblos indígenas. Los pueblos indígenas con sus reclamaciones llevan al límite de sus posibilidades esta arquitectura racional de la modernidad. Los problemas del Convenio 169 no serían solo problemas de aplicabilidad, sino que al hacer planteamientos para la defensa de las formas de vida de los pueblos indígenas, lleva a una crisis general a toda la arquitectura jurídico-filosófica que sustenta al Estado y su modernidad.