Convocatoria AnuarioDDHH 2017

2016-11-09
ANUARIO DE DERECHOS HUMANOS 2017

CONVOCATORIA PARA LA PUBLICACIÓN DE ARTÍCULOS

 

1. El Anuario de Derechos Humanos

Desde el año 2005 a la fecha, el Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile publica el Anuario de Derechos Humanos, que pone a disposición del público, de manera gratuita, discusiones y desarrollos sobre asuntos que, en materia de derechos humanos, han sido relevantes dentro del período anual cubierto por cada edición.

A partir del año 2013 el Anuario de Derechos Humanos se encuentra indexado al catálogo de Latindex (sistema regional de información en línea para revistas científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal).

El comité editorial del Anuario de Derechos Humanos está integrado por Laurence Burgorgue-Larsen, Sergio García Ramírez, César Landa Arroyo, Cecilia Medina Quiroga, Claudio Nash, Mónica Pinto, Roberto Saba, Verónica Undurraga y Sonia Montecino.

La editora del Anuario 2017 es Rita Lages y la directora responsable es Myrna Villegas.

 

2. Convocatoria 2017

La Convocatoria del año 2017 se abre para recibir contribuciones para las secciones Doctrina, Internacional y Nacional del Anuario, hasta el  15 de marzo de 2017.

Para la sección Doctrina se recibirán exclusivamente trabajos científicos versados sobre los temas indicados a continuación. 

Sección Doctrina

a. Violencia sexual y de género y mecanismos de protección jurídica

b. Violencia sexual y de género en contexto de conflictos armados

Para las secciones Internacional y Nacional, esta última referida a Chile, se recibirán artículos que brinden información y análisis de los desarrollos más relevantes en el campo de los derechos humanos ocurridos durante el año 2016, dándose preferencia a la publicación de artículos que versen sobre los temas sugeridos a continuación, sin prejuicio de que el Anuario pueda publicar artículos de otras temáticas.

Sección Internacional

a. Protección de datos personales

b. Salud mental

c. Diversidad sexual y derechos sociales

d. Personas jurídicas como titulares de derechos humanos

e. Recursos naturales y pueblos indígenas 

 

Sección Nacional (Chile)

a. Empresas y derechos humanos

b. Libertad de expresión y acceso a la información

c. Seguridad Social

d. Identidad de género

e. Independencia judicial

 

3. Extensión de los artículos

Los artículos de la sección Doctrina tendrán una extensión mínima de 7.000 palabras y una extensión máxima de 10.000 palabras, incluyendo notas al pie y bibliografía. Para los artículos de las secciones Internacional y Nacional, la extensión mínima de es de 3.500 palabras y la extensión máxima es de 5.000 palabras, incluyendo notas al pie y bibliografía.

 

4. Formato e información del envío

a) Formato

Los artículos deberán ser presentados en formato .doc. o .docx., en papel tamaño carta, fuente Times New Roman, tamaño 12, interlineado sencillo, texto justificado a izquierda y derecha, con márgenes de 2,5 centímetros arriba y abajo, y de 3 cm a ambos lados. Información del autor/a.

Los artículos deberán ser enviados a través de la página web del Anuario (http://www.anuariocdh.uchile.cl), debiendo los/as autores/as crear una cuenta de acceso con nombre de usuario y contraseña. Cualquier consulta la pueden dirigir al correo electrónico: anuario-cdh@derecho.uchile.cl.    

b) Información del/la autor/a

El/la autor/a deberá remitir en la primera página, separada del cuerpo del artículo, una breve referencia bibliográfica (máximo 150 palabras) que contenga:

a.   nombre completo;

b.   grados académicos, indicando la institución que los otorgó;

c.   principales cargos profesionales, académicos u otros que desempeñe e institución a la que pertenece (Universidad, ONG, poder del Estado, etc.), respectiva ciudad y país;

d.   direcciones de correo electrónico y postal y, si es el caso, mención a la(s) fuente(s) de financiamiento o auspicio para la realización del artículo.

c) Resumen y palabras clave

Además, deberá remitirse un resumen del artículo  de entre 150 y 200 palabras, y entre 3 a 5 palabras clave para efectos de la clasificación bibliográfica.  El título, resumen y palabras clave deberán estar en español e inglés.

 

5. Selección y aprobación de manuscritos

El equipo editorial del Anuario decidirá de la publicación de los trabajos después de recibido un informe externo de pares evaluadores.

Puede rechazarse la publicación de cualquier trabajo, sin expresión de causa. Puede también condicionarse la publicación a la realización de ciertos cambios de fondo o de forma. Los/as autores/as tendrán un plazo fijado por la editora para la realización de los cambios, después del cual, en caso de no tener respuesta del/la autor/a, se entenderá que el/la autor/a ha aceptado los cambios sugeridos a su trabajo, sin perjuicio de lo cual el Anuario podrá decidir no publicar el artículo en el estado en que se encuentra.

Lo/as autores/as son notificados de todas las decisiones por correo electrónico.

 

6. Originalidad

El Anuario solo recibe trabajos originales e inéditos.  A estos efectos, se consideran originales los artículos (i) que no hayan sido publicados previamente (ii) ni sean enviados simultáneamente para su evaluación a otra publicación; y (iii) textos presentados en alguna instancia académica (seminario, congreso, simposio, etc.), siempre que no hayan sido publicados.

Al aceptar la publicación de su obra en el Anuario de Derecho Humanos, el/la autor/a libera de cualquier responsabilidad al equipo editorial del Anuario por toda infracción legal, reglamentaria o contractual que eventualmente cometa o hubiere cometido en relación a la publicación remitida, y se obliga a reparar cualquier perjuicio ocasionado que hubiese sido causado a los editores por dicha infracción.

 

7. Derechos de autor

El Anuario es de distribución gratuita, sus números se encuentran íntegramente disponibles en internet y se publica con algunos derechos reservados.

Al aceptar la publicación de un artículo en el Anuario, el/la autora autoriza la reproducción del contenido de la publicación, siempre que (i) se reconozca y cite al autor/a original y publicación, (ii) no se realicen modificaciones a la obra y (iii) no se utilice para fines comerciales.

 

8. Normas sobre referencias bibliográficas

El Anuario de Derechos Humanos se basa para las referencias bibliográficas en el sistema de citas del manual de Chicago, 16° edición, en su versión de notas a pie de página.

Las referencias bibliográficas deben ir en notas al pie, escritas con letra Times New Roman, tamaño 10 a espacio sencillo, justificadas a izquierda y derecha y sin sangrías. El número de referencia de la nota al pie será ubicado después del texto citado.

Todos los artículos enviados deben adecuarse a las normas editoriales adoptadas por el Anuario. Por consiguiente, el cumplimiento insatisfactorio por parte de los autores de las mencionadas normas constituye motivo de rechazo de la publicación.

Los artículos deberán contener, al final, un apartado titulado "Bibliografía", donde se incluirán todos los trabajos (libros, artículos de revistas, capítulos de obras colectivas, formatos electrónicos, etc.) efectivamente citados, ordenados alfabéticamente por el apellido de su(s) autor(es) (en Versalitas), con los datos que se indican a continuación:

a)    Referencias completas

a.   Libro

Un autor

i) Nota al pie

Ian Brownlie, Principles of Public InternationalLaw (New York: Oxford University Press, 2003), 66.

ii) Bibliografía

Brownlie, Ian. Principles of Public International Law. New York: Oxford University Press, 2003.

 

Dos autores

i) Nota al pie

Cecilia Medina y Claudio Nash, Sistema interamericano de derechos humanos: Introducción a sus mecanismos de protección(Santiago de Chile: Centro de Derechos Humanos, Facultad de Derecho, Universidad de Chile, 2011), 10.

ii) Bibliografía

Medina, Cecilia y Claudio Nash. Sistema interamericano de derechos humanos: Introducción a sus mecanismos de protección. Santiago de Chile: Centro de Derechos Humanos Facultad de Derecho, Universidad de Chile, 2011.

 

Para tres o más autores, mencione solo al primero en el texto, seguido de et al.

i) Nota al pie

Teun Van Dijk et al.Theory and Practice of the European Convention on Human Rights (4th edition. Antwerpen-Oxford: Intersentia, 2006), 117.

ii) Bibliografía

Van Dijk, Teun et al. Theory and Practice of the European Convention on Human Rights. 4th edition. Antwerpen-Oxford: Intersentia, 2006.

 

Más de una obra de un mismo autor y año de publicación

i) Nota al pie

Upendra Baxi, Inhuman Wrongs and Human Rights: Unconventional Essays (New Delhi: Har Anand, 1994).

Upendra Baxi, Mambrino's Helmet?: Human Rights for a Changing World (New Delhi: Har Anand, 1994a).

ii) Bibliografía

Baxi, Upendra. Inhuman Wrongs and Human Rights: Unconventional Essays. New Delhi: Har Anand, 1994.

Baxi, Upendra. Mambrino's Helmet?: Human Rights for a Changing World. New Delhi: Har Anand, 1994a.

 

a.   Artículo de una obra colectiva

i) Nota al pie

Susan Franceschet, "¿Promueven las cuotas de género los intereses de las mujeres? El impacto de las cuotas en la representación sustantiva de las mujeres", en Mujer y política. El impacto de las cuotas de género en América Latina, ed. Marcela Ríos Tobar (Santiago: Catalonia, 2008), 61-65.

ii) Bibliografía

Franceschet, Susan. "¿Promueven las cuotas de género los intereses de las mujeres? El impacto de las cuotas en la representación sustantiva de las mujeres", 61-96. En: Mujer y política. El impacto de las cuotas de género en América Latina, editado por Marcela Ríos Tobar. Santiago: Catalonia, 2008.

b.   Artículo de una publicación seriada

i) Nota al pie:

Dinah Shelton, "Prohibición de Discriminación en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos". Anuario de Derechos Humanos, n° 4 (2008): 17.

ii) Bibliografía:

Shelton, Dinah. "Prohibición de Discriminación en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos". Anuario de Derechos Humanos, n° 4 (2008): 15-39.

i) Nota al pie

David Luban, "A Theory of Crimes against Humanity". Yale Journal of International Law, vol. 29 n° 1 (2004): 88.

ii) Bibliografía

Luban, David. "A Theory of Crimes against Humanity". Yale Journal of International Law, vol. 29 n° 1 (2004): 85-167.

c.   Libro citado desde la web

i) Nota al pie

Patricia Palacios, El tratamiento de la violencia de género en la Organización de Naciones Unidas(Santiago de Chile: Universidad de Chile, Facultad de Derecho, Centro de Derechos Humanos). Disponible en: <http://www.cdh.uchile.cl/media/publicaciones/pdf/1.pdf > [consulta: 29.06.2016].

ii) Bibliografía

Palacios, Patricia. El tratamiento de la violencia de género en la Organización de Naciones Unidas(Santiago de Chile: Universidad de Chile, Facultad de Derecho, Centro de Derechos Humanos). Disponible en: <http://www.cdh.uchile.cl/media/publicaciones/pdf/1.pdf > [consulta: 29.06.2016].

d.   Artículo citado desde la web

i) Nota al pie

Lucy Richardson, "Economic, Social and Cultural Rights (and Beyond) in the UN Human Rights Council". Human Rights Law Review, vol. 15 n° 3 (2015): 409-415, doi:10.1093/hrlr/ngv016 [consulta: 04.07.2015].

ii) Bibliografía

Richardson, Lucy. "Economic, Social and Cultural Rights (and Beyond) in the UN Human Rights Council". Human Rights Law Review, vol. 15 n.° 3 (2015): 409-440, doi:10.1093/hrlr/ngv016. [consulta: 04.09.2015].

e.    Artículo de periódico citado desde la web.

i) Nota al pie

Luis Alberto Lacalle Herrera, "Por qué no", La Patria. Semanario Digital, Uruguay, 23 de marzo de 2012. Disponible en: <http://patria.com.uy/2012/03/23/por-que-no/> [consulta: 06.06. 2013].

ii) Bibliografía

Lacalle Herrera, Luis Alberto. "Por qué no". La Patria. Semanario Digital, Uruguay, 23 de marzo de 2012. Disponible en: <http://patria.com.uy/2012/03/23/por-que-no/> [consulta: 06.06.2013].

f.     Resoluciones judiciales nacionales o internacionales.

Tribunal Constitucional de la República de Chile (TC), rol N° 1881-10-INA. Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Corte de Apelaciones de Santiago respecto del artículo 102 del Código Civil, en los autos Rol Nº 6787-2010, sobre recurso de protección interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de Oficial de Registro Civil Adjunto. Sentencia de 3 de noviembre de 2011.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina (CSJN), D.1682. XL, Derecho, René Jesús s/ incidente de prescripción de la acción penal -causa 24.079-, rta. 11 de julio de 2007.

Corte IDH. Caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de septiembre de 2006. Serie C N°. 154.

European Court of Human Rights (ECHR) [Grand Chamber]. A, B and C v. Ireland. Judgment of 16 December 2010. Application No. 25579/05.

g.    Otras resoluciones de organismos internacionales

Comité de Derechos Humanos. Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos: Chile. 17 de abril de 2007. CCPR/C/CHL/CO/5.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas. 7 de marzo de 2006. OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 5 rev.1.

h.    Tratados internacionales

OIT. Convenio 189 sobre Trabajo Decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos. Adoptado el 16 de junio de 2011.

ONU. Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Adoptada el 18 de diciembre de 1959.

OEA. Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará). Adoptada el 9 de junio de 1994.

i.     Leyes y otras normas

Ley N° 1.448 de 2011 por la cual se dictan Medidas de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas del Conflicto Armado Interno y se dictan otras Disposiciones. Congreso de la República de Colombia, 10 de junio de 2011.

Decreto Supremo N° 1.086 sobre Reuniones Públicas. Ministerio del Interior, República de Chile, 16 de septiembre de 1983.

 

b) Referencias abreviadas

Se emplean en las notas al pie, cuando ya se ha usado una vez la referencia completa.

a.    Referencias abreviadas de obras

En las referencias abreviadas de las obras citadas (libros, obras colectivas, capítulos, artículos de publicaciones periódicas, etc.) se deberá señalar el o los apellidos del autor (en Versalitas), el año, y el número o números de la(s) página(s) de la cita.

Un autor

Brownlie 2003, 23.

Dos autores

Medina y Nash 2011, 10.

Tres o más autores

Van Dijk et al. 2006, 237-271.

Más de una obra de un mismo autor y año de publicación

Baxi 1994, 34.

Baxi 1994a, 110.

b.    Referencias abreviadas de resoluciones judiciales

En las referencias abreviadas a resoluciones judiciales deberá indicarse el nombre del tribunal, nombre de las partes (en cursiva), y el párrafo(s) citado(s). Para las sentencias nacionales, nombre del tribunal, número de rol y considerando(s) citado(s).

Corte IDH. Caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile, párr. 122.

ECHR. A, B and C v. Ireland, par. 214.

TC. Rol N° 1881-10-INA, considerando 8°.

c.    Referencias abreviadas de normas jurídicas

En las referencias abreviadas de las normas jurídicas citadas deberá indicarse el número de la ley, el año (entre paréntesis) y número del artículo(s) citado(s). 

Ley Nº 1.448 (2011), art. 7.